LEY QUE GARANTIZA LA TRANSPARENCIA Y EL DERECHO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE CHIAPAS.
Capitulo II
De las Obligaciones de Transparencia Comunes de los Sujetos Obligados.
Artículo 65.- Los Sujetos Obligados pondrán a disposición del público en general y mantendrán actualizada de manera regular y permanente, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus atribuciones, facultades, competencias y funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
Correo Eléctronico
transparencia@comitan.gob.mx





